Leyes de los servicios de acompañantes (escort), lo que debes saber
El trabajo de putas Oviedo, también conocido como "servicio de escort", se mueve en un terreno legal complejo y varía mucho según el país y la ciudad donde se ejerza. En el caso de España, la legislación no prohíbe explícitamente el trabajo sexual entre adultos si se ejerce de forma voluntaria y sin explotación de terceros. Sin embargo, existen restricciones importantes que es fundamental conocer. Este artículo analiza el marco legal vigente sobre los servicios de acompañantes, especialmente en territorio español.
En primer lugar, hay que entender que en España el trabajo sexual no está penalizado si se realiza de manera autónoma y voluntaria. Es decir, una persona mayor de edad puede ofrecer servicios de compañía o encuentros íntimos sin cometer un delito, siempre que no haya coacción, explotación, trata de personas ni intervención de terceros que se beneficien de esa actividad.
La clave está en distinguir entre trabajo sexual independiente y proxenetismo. El proxenetismo —la obtención de beneficios económicos por parte de terceros a costa del trabajo sexual de otra persona— sí está penalizado por el Código Penal español. Es decir, si alguien obliga, presiona, gestiona o lucra con el trabajo sexual de otra persona, puede incurrir en un delito. Lo mismo aplica para casos de trata o explotación de personas en situación vulnerable.
Por ello, las escorts que trabajan por cuenta propia no infringen ninguna ley, siempre que gestionen sus citas, cobros, publicidad y servicios de manera autónoma. Algunas incluso están dadas de alta como autónomas en otras actividades (por ejemplo, masajistas, modelos o acompañantes) para poder facturar sus ingresos, aunque no exista una categoría oficial para el trabajo sexual en la Agencia Tributaria.
En lo que respecta a la publicidad de servicios, no existe una normativa estatal que la prohíba en medios digitales. Por eso existen numerosas páginas como Slumi, Skokka o Pasion, donde escorts pueden anunciarse. Sin embargo, en algunas comunidades autónomas o municipios, existen ordenanzas municipales que restringen la publicidad en la vía pública o el uso de pisos en zonas residenciales para actividades relacionadas.
Además, muchos municipios han creado zonas de tolerancia cero, especialmente en el espacio público. Esto significa que aunque no se penalice a la trabajadora sexual directamente, sí pueden imponerse multas administrativas por ofrecer servicios en la calle o en zonas no permitidas. Esta situación ha llevado a que gran parte del trabajo sexual en España se realice de forma privada, en pisos o por cita previa en hoteles.
En cuanto a los clientes, en España no está penado contratar servicios de compañía entre adultos. A diferencia de países como Suecia o Noruega, donde pagar por sexo es ilegal, en España no existe una ley que castigue al cliente por contratar una escort, siempre que la persona contratada sea mayor de edad y no esté siendo explotada.
Otra cuestión importante es el uso de pisos de citas o apartamentos privados. Si una escort alquila un piso por cuenta propia y lo usa como espacio de trabajo, no está incurriendo en ninguna ilegalidad. Sin embargo, si el propietario del piso lo alquila sabiendo que se usará con fines sexuales y cobra una comisión extra, podría enfrentarse a sanciones si se demuestra que está lucrando con el trabajo ajeno.
También hay que tener en cuenta que muchas escorts reciben a sus clientes en hoteles. En este caso, los hoteles no tienen responsabilidad legal, ya que la cita entre adultos es considerada una actividad privada. Sin embargo, algunos hoteles pueden tener políticas internas restrictivas, especialmente si se sospecha de actividades organizadas o si se produce algún altercado.
Respecto a la fiscalidad, aunque el trabajo sexual no esté regulado como actividad económica concreta, Hacienda puede exigir declaración de ingresos si se demuestra que existe un flujo constante de dinero proveniente de actividades privadas. Algunas escorts optan por declarar sus ingresos como prestación de servicios personales (como masajes, coaching o asistencia), pero esta zona sigue siendo difusa y poco regulada.
Desde 2020 en adelante, han surgido varios movimientos de trabajadoras sexuales que piden una regulación clara del trabajo sexual para poder acceder a derechos laborales, cotizar como autónomas legalmente y evitar situaciones de abuso o invisibilidad jurídica. Sin embargo, este tema sigue siendo muy debatido y sin resolución política clara.
En cuanto a la policía, su intervención suele estar vinculada a casos de trata, explotación o denuncias por molestias vecinales. Si una escort trabaja de manera privada, discreta y sin alterar el orden público, las autoridades no suelen intervenir. Sin embargo, hay controles puntuales, especialmente en zonas de ocio nocturno o si hay denuncias por explotación de mujeres migrantes.
Un tema particularmente sensible es el de las mujeres extranjeras que trabajan como escorts. Aunque el trabajo sexual no sea ilegal, la Ley de Extranjería puede sancionar a quienes se encuentren en situación irregular. No declarar ingresos o ejercer sin papeles puede llevar a sanciones, pérdida de permisos o dificultades para la renovación de documentación.
También es importante hablar de la protección sanitaria y legal. Aunque no existe una regulación laboral formal, las escorts pueden acceder a los servicios de salud pública como cualquier ciudadana. Algunas se hacen controles médicos regulares, usan protección y mantienen protocolos para cuidar tanto su salud como la del cliente. Sin embargo, la falta de regulación deja a muchas fuera del sistema, sin seguridad social ni derechos laborales.
Por último, en relación con el debate social, existen dos grandes posturas: por un lado, quienes piden abolir el trabajo sexual, al considerarlo una forma de violencia estructural contra las mujeres, y por otro, quienes defienden la regulación como vía de empoderamiento y respeto a la autonomía de quienes eligen esta profesión. Mientras tanto, las escorts siguen trabajando en un marco legal a medio camino entre la tolerancia, el vacío legal y la criminalización indirecta.
En conclusión, en España el trabajo de acompañamiento no es ilegal, pero tampoco está claramente regulado. Las escorts independientes pueden ejercer siempre que lo hagan por cuenta propia, sin coacción ni explotación, y cumpliendo con las normas básicas de convivencia. Aún queda un largo camino hacia una legislación más clara, pero conocer las leyes actuales permite ejercer esta profesión con mayor seguridad y conciencia legal.
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