¿Puede el sabor de un queso estar protegido por derechos de autor?
La semana pasada, un tribunal de la Unión Europea respondió a esa pregunta, sosteniendo que los productores de alimentos no pueden tener derechos de autor sobre el sabor de sus alimentos. El caso había enfrentado a dos untadoras de queso crema con hierbas holandesas -Heksenkaas ("queso de brujas") y Witte Wievenkaas ("queso de mujeres sabias"-) entre sí.
En general, el derecho de autor protege las obras y expresiones -canciones, películas, etc.- más que las ideas. Un derecho de autor proporciona a su propietario un "derecho legal exclusivo para reproducir, publicar, vender o distribuir el asunto y la forma de algo".
Los fabricantes de Heksenkaas, producidos por primera vez en 2007, afirmaron que el queso de su competidor, Witte Wievenkaas, un competidor de bajo coste que debutó en 2014, tenía el mismo sabor que Heksenkaas y que éste había infringido sus derechos de autor sobre el sabor de Heksenkaas.
Primero se presentó ante un tribunal neerlandés y posteriormente se trasladó el caso al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE).
"El sabor de un producto alimenticio no puede... ser definido con precisión y objetividad", dictaminó el TJCE. "A diferencia, por ejemplo, de una obra literaria, pictórica, cinematográfica o musical, que es una forma de expresión precisa y objetiva, el sabor de un producto alimenticio se identificará esencialmente sobre la base de sensaciones y experiencias gustativas, subjetivas y variables[...]" También concluyó que, para obtener un derecho de autor, la "originalidad de un alimento debe ser técnicamente evidente, no sólo una cuestión de preferencias".
En consecuencia, el TJCE sostuvo que la legislación europea "impide que el sabor de un producto alimenticio esté protegido por derechos de autor en virtud de dicha Directiva y[prohíbe] que la legislación nacional se interprete de tal manera que conceda protección de los derechos de autor a dicho sabor". La sentencia del TJCE se aplica en toda la Unión Europea.
Curiosamente, en un tiempo los platos eran capaces de garantizar la protección legal, al menos en parte, debido a su sabor único. Probablemente lo único que recuerdo de mi clase de Derecho de Patentes en la escuela de derecho, de hecho, fue enseñado en el primer día de esa clase. Es decir, nos enteramos de que la primera protección de este tipo se concedió hace más de 2.500 años a un restaurante de Sybaris, en el sur de Italia, una zona que en aquel momento estaba gobernada por Grecia.
Según el libro de texto del curso, los sibaritas "promulgaron una ley que otorgaba derechos exclusivos a quienes creaban ciertas delicias culinarias....". de modo que si algún confitero o cocinero inventaba algún plato peculiar y excelente, ningún otro artista podía hacer esto durante un año[...]"
Algunos informes han caracterizado la sentencia del TJCE de la semana pasada como una pérdida para los fabricantes de alimentos. Pero esa es una visión muy estrecha y unilateral del caso. Por supuesto, es una pérdida para los fabricantes de alimentos que buscaron (o podrían haber buscado) el derecho de autor sobre el sabor de sus alimentos. Pero es una victoria para sus numerosos competidores específicamente y para los innovadores y la innovación en general. Y lo que es más importante, quizás, es una victoria para los consumidores de la UE, que pueden seguir eligiendo entre el Heksenkaas más caro y su competidor de precios más bajos, Witte Wievenkaas.
Pero el caso también tiene implicaciones más amplias para los consumidores y para la libertad alimentaria. La subjetividad del gusto -específicamente del propio gusto en la comida- es algo en lo que me he centrado durante muchos años. Eso es porque la subjetividad del gusto implica derechos, al menos aquí en los Estados Unidos.
"El gusto por la comida, o el gusto por ciertos tipos de música, arte, lectura, recreación, es ciertamente fundamental en nuestro esquema constitucional, un esquema diseñado para mantener al gobierno alejado de las espaldas de la gente", escribió el juez de la Corte Suprema de Estados Unidos William O. Douglas en un disenso de la negación de la certidumbre en un caso de 1972.
Los esfuerzos para limitar las opciones en materia de alimentos, en otras palabras, requieren una acción gubernamental que reduzca nuestros derechos. La sentencia del TJCE, que hace lo contrario, es un avance positivo.
Si te apetece probar el mejor sabor del queso en una deliciosa Raclette en la Cerdanya, ven a un restaurante en Llivia y pruébalo. https://www.laformatgeria.com/esp/
FECHA: a las 11:15h (315 Lecturas)
TAGS: restaurante en Llivia, Raclette en la Cerdanya
AUTOR: A. Sendra
EN: Alimentos